domingo, 30 de enero de 2011

La pena de muerte.  //
    La pena de muerte, pena capital o ejecución, consiste en provocar por parte del Estado, la muerte de un condenado, como castigo por un delito establecido en la legislación de cada país; estos delitos, suelen denominarse ‘crímenes’ o ‘delitos capitales’.

    Es sin duda, la sanción más grave y más antigua de la historia. Y podemos considerar sin temor a equivocarnos, y podemos admitirlo así por tanto que, desde los principios de la humanidad, a lo largo de la historia, la vida humana no ha sido considerada nunca jamás en toda su grandeza, en toda su magnitud y trascendencia, con todo el enorme respeto y toda la inmensa importancia que debiera haberlo sido, Y no solo eso, sino que unos han dispuesto de la vida de otros y han decidido eliminarla, sin ninguna consideración y sin reparar en la monstruosidad que hacían, transgrediendo además las leyes y contraviniendo los más elementales principios, morales, éticos, religiosos y sociales. Y así, desde las antiguas civilizaciones, se ha ejecutado sin piedad –y muchísimas veces sin juicio y sin la mas mínima posibilidad de defenderse- a personas por diversos delitos.

    En el siglo XVII, en gran parte de Europa aún se imponía la pena de muerte. Pero, es precisamente en este siglo, cuando comienza la preocupación por la vida humana y por los derechos humanos, de la mano de autores de la ilustración como Voltaire, Montesquieu, etc. En España, hasta la promulgación de la Constitución en 1978, se recogían penas de muerte para delitos contra el Jefe del Estado, contra la forma de gobierno, rebelión, terrorismo, parricidio, asesinato y robo con homicidio. Pero, el Artículo 15 de dicha Constitución, defiende el derecho a la vida y deroga la pena de muerte (Aunque, ante la muy reciente ‘Ley del aborto’, habría que preguntarse: ¿y los no nacidos? ¿no tienen ellos también el derecho a la vida? ¿no resulta absolutamente disparatado e incoherente el derecho a la vida frente a la Ley del aborto?...).

    La pena de muerte, ha sido desde siempre y lo es aun mas desde hace décadas, un tema sujeto a debate o discusión, muy controvertido y extraordinariamente cuestionado. Y los delitos por los que a lo largo de los años se ha condenado a muerte, son diversos y varían según los países y las épocas; pero, podríamos enumerar como mas frecuentes los siguientes: asesinato, espionaje, alta traición, parricidio, delitos sexuales (tales como el adulterio o la sodomía), la apostasía, el tráfico de personas y los casos graves de corrupción política; y a veces ‘motivos políticos graves’ (Recordemos que en 2007, en Corea del Norte, el director de una empresa fue ejecutado como ‘escarmiento’ y públicamente -en un estadio deportivo y ante 150.000 personas- como castigo por haber realizado… llamadas telefónicas al extranjero). En tiempos más recientes, se habla además de otros delitos ‘modernos’ como el terrorismo, el narcotráfico, el genocidio, la corrupción, etc. Y es llamativo y sorprendente pensar que hay países p.e., en donde se castigó y se sigue castigando el adulterio con la pena de muerte, y sin embargo hoy en día, esto –el adulterio- en otros muchísimos países –entre ellos, España- es algo que podemos leer en las revistas o ver en la televisión con la mayor naturalidad, como algo cotidiano y ‘normal’.

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    Las formas de ejecutar, pueden ser diversas: la guillotina o ‘el garrote vil’ –en tiempos pasados-, la crucifixión, el fusilamiento o el tiro en la nuca, el ahorcamiento (en el cual, el reo puede morir por asfixia o por desnucamiento), la electrocución (la famosa ‘silla eléctrica’), la inyección letal (mezcla de un barbitúrico, de un curare y de cloruro potásico), la decapitación, la lapidación (brutal método empleado todavía en países como Siria, Jordania y Arabia Saudí), las cámaras de gas (recordemos los exterminios mediante este sistema, en los campos de concentración nazis, p.e. en Auschwitz-Birkenau)…

    Podríamos considerar la pena de muerte, como el homicidio premeditado de personas indefensas. Y si se tolera –escribe un pensador-, ‘nos condena a todos a vivir en un mundo en el que la brutalidad está oficialmente permitida, y en el que las autoridades tienen permiso para fusilar, ahorcar, envenenar o electrocutar a mujeres y a hombres a sangre fría’.

    En efecto, la pena de muerte, supone una auténtica afrenta para la humanidad. Y es difícil de entender, que para defender la vida y castigar al que mata, el Estado deba a su vez matar también. Así, que es tan inhumana y tan aborrecible como el mismo crimen que la motiva, y se convierte en sí misma, igualmente en un brutal, frío y premeditado asesinato.

    Todas las personas, en todos los países y bajo todo tipo de religiones o de regímenes, deberían tener el derecho a la vida. Y si no es así, ‘el asesino adquiere involuntariamente una definitiva y perversa victoria moral, al convertir al Estado también en asesino, ya que le permite la extinción deliberada de otros seres humanos’. Y es monstruoso considerar que la sociedad, que debe ser sosegada, equilibrada, razonable y ante todo justa, se ponga al mismo nivel que un asesino, que tal vez mata solo por dinero (pensemos en los tristemente famosos ‘sicarios’), o que es una persona tal vez drogada, perturbada, con una enfermedad mental -trastornos bipolares, deterioros cognitivos, depresiones, paranoia, esquizofrenia, etc.-, o en un fugaz estado de enajenación).

    Y si nos preguntamos qué inclina o ‘empuja’ a una persona a asesinar a otra, podríamos citar muchas circunstancias –el odio, la venganza, los ‘ajustes de cuentes’ (entre, p.e., los ‘cárteles’ de las drogas, etc.)… Pero, en general, habría que citar el clima de falta de respeto, de ignorancia de las leyes y de violencia que se respira –salvo excepciones- en general en la sociedad. Y no estaría de más, citar –sobre todo porque es un ‘medio’ de enorme audiencia y porque la ven y la escuchan millones de personas cada día- a la televisión, en la cual (al menos en la española), tanto en las películas como en las ‘series’ de la televisión (incluso, tantas veces, en las series de dibujos animados especialmente hechas para niños), se respira invariablemente un clima de odios, de venganzas, de drogas, de sexo y de asesinatos, etc. Todo esto, no ha sido aún objeto de un análisis serio por parte de la sociedad; pero, está haciendo un daño de incalculables consecuencias que, probablemente, se harán notar en venideras generaciones. (Pero, no hay que ir tan lejos, porque estas consecuencias, a la vista están ya. Bastaría con citar el triple asesinato –hace ya unos años- de unas jovencísimas chicas en Alcasser (Valencia); y muy recientemente, el terrible crimen de la joven Marta del Castillo, en Sevilla, cometido por unos adolescentes; o el de Cristina, esa niña de 13 años, en Seseña (Toledo), a manos de una ‘amiga’ y compañera de clase, de su misma edad; o el de otra niña, también de 13 años, esta vez cometido por un chiquillo de 17…; ¿y qué decir de los cada vez más frecuentes asesinatos de mujeres a manos de su ‘pareja’, en lo que se ha dado en llamar ‘violencia de género’?...). Pero, sin embargo, a pesar de estos horrores, seguimos viviendo en una sociedad demasiado permisible e insensible, indiferente, abstrusa, pasiva y opaca, en la cual matar a otra persona –incluso, si es ‘por capricho’ o como ‘divertimento’, o ‘por experimentar sensaciones nuevas’- se contempla y se asume con una increíble y excesiva dosis de total naturalidad. ¿Hasta qué punto de brutalidad y de ensañamiento nos lleva todo ello?...

    En la ‘Declaración Universal de Derechos Humanos’ –promulgada en 1948-, se estipula el derecho a la vida de todas las personas; y el derecho además, a no ser sometidas a tratos vejatorios, inhumanos o degradantes. Y, ¿cuál es la postura de la Iglesia Católica respecto a la pena de muerte? En el Antiguo Testamento, tras el diluvio, Dios habría sancionado o castigado el derramamiento de sangre con una acción semejante; y este pasaje habría servido, junto con la ley del Talión, como legitimación de la pena de muerte. Pero en general, la orientación de las Escrituras, es siempre a favor de la vida. Dios impide, p.e., que el asesino Caín sea ejecutado. En el Nuevo Testamento, se cita a Mateo 5,21, en donde Jesús parece comentar el ‘no matarás’. Y el mismo Jesús de Nazareth, a lo largo de toda su vida, predica y promulga la no violencia, el amor, la paz y el perdón sin límite alguno.

    Desde el punto de vista de la religión, existen en efecto una serie de valores cristianos que justifican la abolición de la pena de muerte. Se la considera anticristiana e inmoral, y supone –ya lo hemos dicho- una afrenta para la humanidad. La abolición de esta, es un testimonio de nuestra convicción –compartida con el judaísmo y el Islam- de que Dios, y solo Él, es el señor de la vida. Y supone, también, que creemos en una criatura –el hombre- a imagen y semejanza de Dios. La abolición, supone romper el círculo de la violencia, y que podamos proponer respuestas más humanas y más ricas de esperanza. Para un cristiano, el juicio definitivo sobre la conducta de una persona, hay que dejarlo solo y exclusivamente en manos de Dios. Porque, si Él fue quien nos dio la vida, nadie más que Él puede quitárnosla ¿Quiénes somos nosotros, los hombres, para llegar a decidir quitar la vida a un semejante, a otro ser humano?...

    Y visto el tema desde una óptica estrictamente moral, los abolicionistas entienden y promulgan que, en primer lugar la pena de muerte, además de ser brutal, atroz y despiadada, y de ser además un acto abominable, no resuelve el problema del crimen y tiene además un efecto embrutecedor sobre la sociedad y un efecto absolutamente destructivo para la familia del ejecutado.

    Habría que pensar, además, que para muchos Gobiernos, ‘es más fácil matar que legislar’; y así, al mantener la pena de muerte, están eludiendo claramente sus responsabilidades, ya que deberían primero dedicarse a mejorar el trabajo del sistema judicial y de los agentes de la ley, garantizando unos juicios justos y transparentes; y esforzarse, por buscar e introducir en la sociedad amplias reformas –estructurales, educativas, sociales, económicas, etc.- que posibilitaran poder erradicar o atajar la violencia, la pobreza, la corrupción (que, a veces, en ciertos países, empieza en los gobernantes y en la propia policía), el hambre, la marginación, el desempleo, el odio, la desesperación… Porque, manteniendo la pena de muerte, ello no hace más que crear o avivar y exacerbar un clima también de violencia, de venganza, de odio y de brutalidad que, en definitiva, continúan propiciando el crimen.

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    Cada año, más países suprimen la pena de muerte. En 1899, solo tres estados. –Costa Rica, San Marino y Venezuela- habían abolido la pena de muerte para todos los delitos. En 1948, cuando se promulgó la ‘Declaración Universal de Derechos Humanos’, el número había aumentado a ocho. Al terminar 1978, la cifra se había triplicado. En 1998, se instauró el PIDCP (‘Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos’), por parte del Comité de Derechos Humanos de la ONU. Y en Abril de ese mismo año, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, adoptó la resolución 1998/8 en la que se pide a todos los Estados ‘que consideren la posibilidad de suspender las ejecuciones con miras a abolir completamente la pena de muerte’. En respuesta a esta petición, 51 Estados más abolieron la pena de muerte. A finales de 1998, 67 países la habían abolido para todos los delitos; y 14 más, la habían abolido para todos excepto para ‘delitos excepcionales’ (como los crímenes cometidos en tiempos de guerra, o los llamados ‘de lesa humanidad’).

    Pero, sigue siendo motivo de gran preocupación, el uso cada vez más politizado de la pena de muerte; establecida p.e., sencillamente contra opositores políticos; o para influir en la opinión pública a fin de reforzar el liderazgo del gobierno en países como China, Irán y Sudán. Y preocupan igualmente, lo que se ha dado en llamar ‘predadores de la información’: es decir, los Estados que persiguen –y no raras veces encarcelan o ejecutan- a los reporteros internacionales y a los periodistas. Los países mas significados en este aspecto, son –aunque se citan unos 40 países- Irán, Libia, Cuba y China. En algunos países, son también perseguidos los activistas y organizaciones de derechos humanos, e incluso miembros de pacíficas y humanitarias ONG’s Y en otros, concretamente en Arabia Saudí, Emiratos Árabes Unidos, Irán, Mauritania, Nigeria, Yemen y Sudán, el colectivo ‘LGTB’ (lesbianas, gays, transexuales y bisexuales), sufre un tremendo acoso y discriminación, y miembros de este colectivo pueden ser condenados incluso a pena de muerte. Y son además llamativos los casos p.e. de Kenia, en donde se puede castigar el simple robo con la pena de muerte; y de Yemen –y en parecidos términos, Gaza-, en donde se promulgó un decreto presidencial, que condenaba a muerte a los ‘secuestradores o bandidos que saqueen propiedades públicas o privadas’.

    Y, ¿cuál es la postura de defensores y de abolicionistas respecto a la pena capital?... Los partidarios de la misma, argumentan que su aplicación reduce el delito, previene su repetición y es una forma de castigo adecuada para los delitos que contempla la ley. Los detractores por su parte, argumentan: a) que no reduce el crimen en mayor medida que la cadena perpetua; b) que resulta una flagrante violación de los derechos humanos; c) que conduce, por error, a ejecuciones de algunos inocentes; d) que supone una discriminación de hecho contra las minorías y los pobres (que tal vez no tengan los recursos suficientes para acceder al sistema legal); y e) que la pena de muerte, es tan inhumana como el crimen que la motiva.

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    Y para terminar esta sucinta exposición de los hechos, citaremos algunas cifras. Según el Informe Anual de ejecuciones judiciales, de ‘Amnistía Internacional’, en el año 2003 fueron ejecutadas al menos 1.146 personas (De ellas, el 84% se produjeron en la República Popular China. En esta nación, se ejecutaron 726 personas, 108 lo fueron en Irán, 65 en Estados Unidos y 64 en Vietnam). En la actualidad, aunque más de 90 países mantienen ‘oficialmente’ la pena de muerte, en realidad se han reducido mucho las ejecuciones. Y sigue ocurriendo, que la mayoría de estas –al menos de las que tiene documentadas ‘Amnistía Internacional’-, se producen casi todas entre tres o cuatro países (Entre ellos, China, el 1º).

    La situación actual es la siguiente: en 2009, ‘Amnistía Internacional’ tuvo noticia de al menos 714 ejecuciones durante el año, la mayoría de ellas en Irán, Irak, Arabia Saudí y Estados Unidos; sin embargo, a estas habría que añadir -y no están contabilizadas- las miles de ejecuciones que presumiblemente se produjeron en China (En este inmenso estado, no son constatables las cifras debido al secretismo con el que se protegen allí este tipo de datos, para evitar la condena internacional. Pero en 2005, se calcula que las ejecuciones pudieron acercarse a las ¡8.000!). Además, más de 2.000 personas, fueron condenadas a muerte en 56 países. Se calcula que en 2009, en Irán fueron ejecutados un mínimo de 388 personas (muchas de ellas, acusadas de ‘enemistad contra Dios’); Arabia Saudí, ejecutó a 102 personas; Pakistán a 36; y en EE.UU. -donde la información sí es pública-, se llevaron a cabo 37 ejecuciones en nueve Estados.

    Dentro del mundo civilizado, EE.UU. única democracia occidental que reconoce la pena capital en la mayoría de sus Estados (en 38 de 50), representa después de la República Popular China, el país que impone más condenas a muerte. Pero, aún quedan 90 países más, que siguen aplicando la pena de muerte. (En algunos de ellos, como China, Egipto, India o Cuba, la mantienen incluso para delitos comunes; y hay otros, como Arabia Saudí, en donde la homosexualidad puede llegar a pagarse con la vida). De Sudán y otros países, se tienen noticias de notorias arbitrariedades judiciales, de juicios (¿?) sin ninguna clase de garantías y de pruebas inculpatorias obtenidas bajo tortura.

    En Europa, los 46 países miembros de Consejo de Europa, son abolicionistas en su totalidad; excepto Letonia y Rusia. En África, las ejecuciones quedan camufladas entre los constantes conflictos armados e interétnicos; y son muy frecuentes las ejecuciones extrajudiciales; pero las cifras, son siempre inexactas y confusas. Y en Asia, es donde se dan las situaciones más graves respecto a la pena de muerte. Además, Irán es junto a Arabia Saudí, los únicos países en los que se ejecutaron a menores de edad, lo que constituye una flagrante violación del derecho internacional.

    Como final, citaremos algunos de los países en donde se sigue aplicando la pena capital: Indonesia, Japón, Jordania, Corea del Norte, Kuwait, Libia, Mongolia, Pakistán, Somalia, Taiwán, Vietnam, Yemen, etc., además de los territorios con jurisdicción de la ANP (Autoridad Nacional Palestina), y… un largo ‘etcétera’ más. La creciente oposición a la pena de muerte, queda simbolizada en 1998 por la adopción de la 'Corte Penal Internacional' que, tras intensos debates, decide excluir de la pena de muerte a los autores de los delitos considerados más graves, como son el genocidio, otros crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra.

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    Recordemos: la pena de muerte es, ante todo, una flagrante violación de los derechos humanos mas elementales; es además considerada, un homicidio premeditado de personas indefensas; es inhumana y aborrecible, como el mismo crimen que la motiva; es brutal y despiadada, y pone al Estado que la ejecuta al mismo nivel que al asesino; ‘nos condena a todos a vivir en un mundo en el que la brutalidad está oficialmente permitida’… Y, por si todo ello fuese poco –argumentan numeroso estudiosos del tema-, no resuelve en absoluto el problema del delito extremadamente grave, o del crimen.

                                                                                                     Escrito por Raffaello.
                                                                                                            V25.Feb.2011



    Casi todos los datos, e incluso algunas citas o frases, han sido tomados mayoritariamente de diversas páginas o ‘webs’ de Internet.







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